Respecto del primer motivo, se evidencia que el recurrente basa su planteamiento en la formulación
Respecto del primer motivo, se evidencia que el recurrente basa su planteamiento en la formulación de un incidente de actividad procesal defectuosa por defecto absoluto no susceptible de convalidación (Nulidad de notificación del proveído de 13 de febrero de 2017 que le otorgaba diez días para presentar prueba y falta de notificación con el proveído de 19 de febrero de 2017); a lo que el Tribunal de alzada le respondió de manera negativa pretendiendo justificar la incorrecta diligencia realizada, desarrollando una valoración negativa y contraria al principio de favorabilidad, situación que hubiera generado la vulneración de su derecho al debido proceso, a la defensa y el principio de legalidad, igualdad y certeza en su vertiente de falta de fundamentación seguridad jurídica y tutela judicial efectiva
- Por memorial presentado el 13 de noviembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- Otro elemento que no se consideró fue su declaración a efectos de determinar si coincide
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto del primer motivo, se evidencia que el recurrente basa su planteamiento en la formulación
- Al respecto, se debe tener en cuenta que de acuerdo a la regulación normativa del
- En el caso presente, Auto de Vista impugnado además de pronunciarse sobre el fondo de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
