De conformidad al artículo 270
De conformidad al artículo 270.I del Código Procesal Civil, el recurso de casación procede contra Autos de Vista emitidos en procesos ordinarios y en los establecidos por ley, el Auto de Vista impugnado es emergente de un proceso civil ordinario de nulidad, razón por la cual cumple ese presupuesto
- Expediente: B-2-19-S
- Distrito: Beni
- CONSIDERANDO I
- CONSIDERANDO II
- 1. De la resolución impugnada
- De conformidad al artículo 270
- 2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- El recurrente mediante su escrito de casación identificó sus cuestionamientos precisado en el punto 4
- 4. Del contenido del recurso de casación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Debiendo proseguir el trámite conforme a ley
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
