1
1. Acusó vulneración del art. 265.I del Código Procesal Civil porque omitió pronunciarse sobre la inexistencia del juramento del perito, omisión y defecto del Auto de Vista que infringió el debido proceso
- y Doris Torrico
- Distrito: Cochabamba
- CONSIDERANDO I
- En tal situación declaró NULA la Escritura Pública Nº 427/2016 de 23 de marzo de
- Dispuso también la restitución y entrega del inmueble por parte de ambas demandadas a la
- Ordenó que la demandante restituya a favor de Isabel Camacho Durán el monto recibido de
- Resolución de primera instancia, que originó las apelaciones de las codemandadas, cursantes de fs
- 2
- Resolución de segunda instancia que fue recurrida en casación por Doris Torrico Camacho y por
- CONSIDERANDO II
- De la resolución impugnada
- Análisis de impugnabilidad
- Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- De la legitimación procesal
- Del contenido del recurso de casación
- Existiendo dos recursos similares, exactos y con el mismo tenor, se procede a extractar en
- Forma
- 1
- 3
- Fondo
- Petitorio
- Interpusieron el recurso en la forma, solicitando casar en la forma el Auto de Vista
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
