Precisado el motivo, este Tribunal deberá verificar dentro de los límites establecidos en el Auto
III. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA Y VERIFICACIÓN DE POSIBLE CONTRADICCIÓN
Precisado el motivo, este Tribunal deberá verificar dentro de los límites establecidos en el Auto Supremo 697/2018-RA de 17 de agosto, si el Auto de Vista recurrido incurrió en contradicción con el Auto Supremo 86/2015 de 6 de febrero invocado como precedente; a los fines de evidenciar -o no-, el incumplimiento de la doctrina referida al control de valoración de la prueba; por lo que, con carácter previo, a los efectos señalados, se establecen las bases legales y doctrinales que servirán de sustento a la presente Resolución
- Por memorial presentado el 29 de mayo de 2018, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Por Sentencia 62 de 24 de octubre de 2017 (fs
- Contra la mencionada Sentencia, los representantes de la Empresa Nacional de Telecomunicaciones “ENTEL S
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 697/2018-RA de 17 de agosto,
- I.1.2. Petitorio
- El recurrente solicita que deliberando en el fondo, se deje sin efecto el Auto de
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 697/2018-RA de 17 de agosto, de fs
- De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
- De la prueba producida, se considera que los acusados Cinthia Rojas Torrico e Iván Vidaurre
- Cuando se hace referencia al Auto de Vista dictado por la Sala Penal Tercera, se
- Cuando se demuestra en el transcurso de los debates, que la parte acusada no participó
- II.2. De las apelaciones restringidas
- La Sentencia resulta incongruente al disponer la absolución con costas de los procesados, sin señalar
- Por otro lado, los representantes del Ministerio Público fundamentaron en su recurso de alzada lo
- Se evidencia del análisis de la Sentencia impugnada, que no se realizó una completa valoración
- II.3.1. En cuanto al recurso de apelación restringida interpuesto por ENTEL S.A.
- En cuanto a la valoración defectuosa de la prueba, se advierte que las pruebas de
- II.3.2. Del recurso de apelación restringida planteado por el Ministerio Público
- La facultad de absolución contenida en los arts
- Precisado el motivo, este Tribunal deberá verificar dentro de los límites establecidos en el Auto
- III.1. La exigencia de la debida fundamentación y motivación de las Resoluciones de alzada
- Sobre la debida motivación, este Tribunal en el Auto Supremo 5 de 26 de enero
- De ahí que la motivación de los fallos emergentes de los recursos, debe ser expresa,
- a) Expresa: porque el Tribunal, no puede suplirla por una remisión a otros actos, o
- c) Completa: la exigencia comprende a todas las cuestiones planteadas por las partes en los
- La motivación de los fallos emergentes de los recursos, para ser completa, debe referirse al
- en las reglas de la lógica, psicología y experiencia”
- Así, si una resolución cumple con la garantía de la debida motivación y está sustentada
- De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que el juzgador
- Por lo expuesto, los Tribunales de alzada a momento de emitir sus fallos deben tener
- III.2. Análisis del caso concreto
- Recapitulando lo denunciado por el recurrente resulta insuficiente fundamentación y motivación del Auto de Vista
- Como precedente contradictorio a la Resolución de alzada, el recurrente invocó el Auto Supremo 086/2015
- Como se puede inferir, la problemática dilucidada, mantiene relación con la problemática procesal del motivo
- Ya ingresando a la labor de contrastación, se advierte que el recurrente, tal y como
- En atención al agravio acusado, el Tribunal de apelación señala de manera concreta, respecto a
- Estos antecedentes, permiten constatar a esta Sala Penal, que el Tribunal de apelación, a tiempo
- En síntesis, por los fundamentos desarrollados precedentemente, este Tribunal advierte que la Sala Penal Segunda
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase.
