Del memorial del recurso de casación, se tiene que el recurrente acusa que el Tribunal
Por diligencia de 15 de enero de 2019 (fs. 283), el recurrente fue notificado con el referido Auto de Vista; y, el 21 del mismo mes y año, interpuso el recurso de casación objeto del presente análisis de admisibilidad.
II. DE LOS MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Del memorial del recurso de casación, se tiene que el recurrente acusa que el Tribunal de alzada en el Auto de Vista impugnado no realizó el análisis de su recurso y mantuvo vigente el fallo de mérito con sus respectivos defectos, con insuficiente fundamentación probatoria y jurídica, que el análisis que realizó respecto a las denuncias que formuló en su recurso es absolutamente superficial e inconsistente, carente de sindéresis jurídica y atentatorio a la garantía del debido proceso, al declarar inadmisible el primer motivo de su recurso de apelación restringida e improcedentes los motivos segundo y tercero del mismo recurso
- Por memorial presentado el 21 de enero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Luís Antonio Goytia Alfaro (fs
- Del memorial del recurso de casación, se tiene que el recurrente acusa que el Tribunal
- Refiere que, aditamentó la aplicación pretendida a cada norma violada o erradamente aplicada según cada
- Finalmente, acusa que el Tribunal de alzada no se circunscribió a los fundamentos del recurso
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 123/2015-RRC de 24 de febrero, 297/2012-RRC de 20
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Con relación al único motivo, indica haber interpuesto recurso de apelación restringida denunciando dos motivos:
- Con relación a la temática planteada, si bien el recurrente al finalizar la relación de
- No obstante de ello, se advierte de la comprensión de su planteamiento que concurren los
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
