Auto Supremo AS/0259/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0259/2019-RA

Fecha: 14-Mar-2019

-Refiere que tal y como lo señaló en su memorial de contestación y reconvención, así

-Refiere que tal y como lo señaló en su memorial de contestación y reconvención, así como en su recurso de apelación, al estar plenamente constituido su derecho propietario por haber inscrito ambos inmuebles a su nombre en Derechos Reales bajo las matrículas computarizadas Nº 7012010036414 y N° 7012010036413, y como ese registro público es de conocimiento general y surte efectos contra terceros, conforme lo establece el art. 1538 del Código Civil, es que arguye que los demandantes pudieron haber interpuesto acción legal en su debido momento, empero esa falta de acción haría presumir su consentimiento tácito ante la posesión que vendría ejerciendo el recurrente, de ahí que la falta de acción de los demandantes por más de 14 años daría lugar a la prescripción del derecho, máxime cuando ellos mismos reconocerían que tenían conocimiento de la posesión que el recurrente ejercería y que no realizaron ninguna acción legal