Auto Supremo AS/0208/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0208/2019-RA

Fecha: 11-Abr-2019

De ahí que, en el planteamiento de sus agravios, se observa que Eloy Narvaez Villafuerte,


De ahí que, en el planteamiento de sus agravios, se observa que Eloy Narvaez Villafuerte, luego de aducir lo más preciso de su recurso en cuanto a su presentación y resaltar la permisibilidad de admisión extraordinaria de agravios referidos a defectos absolutos acusados en casación, cita como precedente contradictorio -dentro de su primer motivo-, el Auto Supremo 622/2017-RRC de 23 de agosto, el cual transcribe casi inextenso exponiendo la doctrina referida a las formas de vulneración del principio tantum devolutum quantum apellatum, Resolución que a su vez, rememora el entendimiento asumido por los Autos Supremos 701/2015-RRC-L de 25 de septiembre y 210/2015-RRC de 27 de marzo, en lo pertinente al vicio de incongruencia omisiva. Cabe señalar que los Autos Supremos 210/2015-RRC y 134/2015-RRC de 27 de febrero, son transcritos en gran parte. Finalmente, señala que el Auto de Vista recurrido, es de igual forma contradictorio a la doctrina prevista por el Auto Supremo 134/2015-RRC, en lo referido a la exigencia de fundamentación de la Resolución de mérito