Auto Supremo AS/0247/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0247/2019-RA

Fecha: 23-Abr-2019

Citando el Auto Supremo 077/2013 de 4 de abril, analizan que si bien los Tribunales


Citando el Auto Supremo 077/2013 de 4 de abril, analizan que si bien los Tribunales de apelación están impedidos de revalorizar la prueba se hallan compelidos a examinar si el Juez de Sentencia, en la valoración de la prueba, observó las reglas del correcto entendimiento o sana crítica, y si las conclusiones que asumió corresponden a la apreciación conjunta y armónica de la prueba; en merito este entendimiento, consideran que el Tribunal de Alzada, en su labor de control jurisdiccional sobre el juzgador inferior, no efectuó un debido control jurídico de la valoración de la prueba, en el sentido de verificar que la conclusión arribada en la sentencia haya sido correcta y corresponda con las pruebas producidas en juicio, habiendo manifestado simplemente que “el Juez a quo solamente expreso que llegó a esa conclusión haciendo uso para ello de la sana crítica y prudente arbitrio”, fundamento totalmente arbitrario que constituye un defecto absoluto no susceptible de convalidación, con el que se pretende que el Juez valorice indicios que no fueron ratificados, menos aún, ofrecidos por el acusador particular; al efecto, citan también la SC 797/2010-R de 2 de agosto, que ratifica la correcta valoración de la prueba realizada por el Juez de Sentencia, en observancia a las reglas del correcto entendimiento humano y sana crítica