Auto Supremo AS/0251/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0251/2019-RA

Fecha: 23-Abr-2019

La recurrente como único motivo, alega que los Vocales se han apartado de los lineamientos


En el caso de autos se advierte que la recurrente, fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 28 de enero de 2019, interponiendo su recurso de casación el 31 del mismo mes y año; es decir, dentro el plazo de los cinco días, teniéndose por cumplida la formalidad temporal exigida por el art. 417 del CPP; por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

La recurrente como único motivo, alega que los Vocales se han apartado de los lineamientos de la doctrina legal respecto a los requisitos formales para la fundamentación de los fallos, siendo que la Sentencia no cumple con los requisitos contenidos por los arts. 360, 124 y 173 del CPP. El Auto de Vista no cumplió con la obligación de pronunciarse observando la previsión de los arts. 124 y 398 del CPP, absolviendo cada cuestionamiento bajo criterios de especificidad, claridad, complejidad, legitimidad y legalidad, no realizando los Vocales una fundamentación clara y precisa de los hechos reclamados, cuando claramente ha sido demostrada la participación en el delito de Avasallamiento previsto por el art. 351 bis del CP. Invoca como contradictorios los Autos Supremos 538/2015, 725/2015-RRC y 872/2018-RRC