Por memorial presentado el 31 de enero de 2019, María Ana Flores Torres, de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 251/2019-RA
Sucre, 23 de abril de 2019
Expediente: Santa Cruz 19/2019
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Oscar Cabral Paredes y otros
Delito : Avasallamiento
RESULTANDO
Por memorial presentado el 31 de enero de 2019, María Ana Flores Torres, de fs. 1596 a 1603; interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 07 de 24 de enero de 2019, de fs. 1581 a 1584, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Oscar Cabral Paredes, Brizeida Aliaga Garrido, Horacio Rivera Arias, Ángela Eliana del Castillo Vaca, Aldo Roca Cuellar y Marlene Pizarro de Suarez, por la presunta comisión del delito de Avasallamiento, previsto y sancionado por el art. 351 bis del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 251/2019-RA
Sucre, 23 de abril de 2019
Expediente: Santa Cruz 19/2019
Parte Acusadora : Ministerio Público y otra
Parte Imputada: Oscar Cabral Paredes y otros
Delito : Avasallamiento
RESULTANDO
Por memorial presentado el 31 de enero de 2019, María Ana Flores Torres, de fs. 1596 a 1603; interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 07 de 24 de enero de 2019, de fs. 1581 a 1584, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y la recurrente contra Oscar Cabral Paredes, Brizeida Aliaga Garrido, Horacio Rivera Arias, Ángela Eliana del Castillo Vaca, Aldo Roca Cuellar y Marlene Pizarro de Suarez, por la presunta comisión del delito de Avasallamiento, previsto y sancionado por el art. 351 bis del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 31 de enero de 2019, María Ana Flores Torres, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular María Ana Flores Torres, interpuso recurso de apelación
- Por diligencia de 28 de enero 2019 (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- La recurrente acreditando legitimación, aduciendo el cumplimiento del art
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo 118/2015-RRC de 24 de febrero, no implica
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- La recurrente como único motivo, alega que los Vocales se han apartado de los lineamientos
- Ingresando al análisis del motivo traído a casación, cabe dejar sentado, que los términos que
- Entonces, al ser similares los fundamentos y motivos del actual memorial de casación con los
- Asimismo, se tiene como nuevo y único argumento en el que se centra el recurso
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
