Regístrese, hágase saber y cúmplase
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 418 del CPP, declara ADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por María Ana Flores Torres, de fs. 1596 a 1603, únicamente y de acuerdo a los alcances establecidos en la presente resolución. Asimismo, en cumplimiento del mencionado artículo en su segundo párrafo, se dispone que por Secretaría de Sala se haga conocer a las Salas Penales de los Tribunales Departamentales de Justicia del Estado Plurinacional, mediante fotocopias legalizadas el Auto de Vista impugnado y el presente Auto Supremo.
Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Por memorial presentado el 31 de enero de 2019, María Ana Flores Torres, de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la acusadora particular María Ana Flores Torres, interpuso recurso de apelación
- Por diligencia de 28 de enero 2019 (fs
- II. DE LOS MOTIVOS DE LOS RECURSOS DE CASACIÓN
- La recurrente acreditando legitimación, aduciendo el cumplimiento del art
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo 118/2015-RRC de 24 de febrero, no implica
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- La recurrente como único motivo, alega que los Vocales se han apartado de los lineamientos
- Ingresando al análisis del motivo traído a casación, cabe dejar sentado, que los términos que
- Entonces, al ser similares los fundamentos y motivos del actual memorial de casación con los
- Asimismo, se tiene como nuevo y único argumento en el que se centra el recurso
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- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
