POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, en ejercicio de
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, en ejercicio de la atribución prevista en el arts. 184.1 de la Constitución Política del Estado, y 42.I.1 de la Ley del Órgano Judicial, dispone:
1.- Dejar sin efecto el sorteo de la causa de 10 de abril de 2019, según consta en el sello de fs. 144 vlta
1.- Dejar sin efecto el sorteo de la causa de 10 de abril de 2019, según consta en el sello de fs. 144 vlta
- CONSIDERANDO I
- I.1.- Sentencia
- Que, tramitado el proceso laboral, el Juez Tercero de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal
- I.3.- RECURSO DE NULIDAD
- El referido Auto de Vista, motivó a la parte demandante a interponer el recurso de
- 2
- Todo lo anteriormente expresado, acredita que se incurrió en error en la apreciación de la
- La demandada, no contesto al recurso planteado
- Fundamentos jurídicos del fallo
- Pese a las deficiencias en la técnica recursiva que contiene del memorial de recurso, en
- Que, el recurso de casación es un recurso extraordinario, porque no cabe, sino contra determinadas
- El principio dispositivo que rige en el proceso civil boliviano, tiene plena aplicación en la
- Que, ante la revisión del expediente se evidencia que la ahora recurrente no recurrió en
- El Auto de Vista 021/2017, confirma la sentencia antes indicada, y luego es interpuesto el
- Estos antecedentes imposibilitan a este Tribunal pronunciarse sobre el recurso de casación interpuesto por la
- Adicionalmente a lo expresado en la fundamentación precedente, corresponde considerar que en la especie, se
- Bajo estas premisas, se concluye que el recurso de nulidad o casación, no se ajusta
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda, en ejercicio de
- 3.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de casación cursante de fs. 129 a 130 vta
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
