En este entendido, la empresa recurrente RAYDEM Importaciones representada legalmente por Reyna Luz Castrillo Ledezma,
En este entendido, la empresa recurrente RAYDEM Importaciones representada legalmente por Reyna Luz Castrillo Ledezma, no estableció con claridad cuáles son los fundamentos que hacen a su recurso de casación, ni precisó además si este es de fondo o de forma, incumpliendo el requisito establecido en el art. 274 I. 3 del CPC, situación que no puede ser subsanada de oficio por este Tribunal, toda vez que de conformidad al art. 178.I. de la Constitución Política del Estado, la potestad de impartir justicia se sustenta en principios, entre los que se encuentra el de imparcialidad
- I. CONSIDERACIONES LEGALES
- En virtud a la facultad remisiva contenida en el art
- En mérito a ello corresponde aplicar al caso de autos, el art
- Revisado el recurso, en aplicación de la norma citada se establece que
- 2
- 3
- En este entendido, analizados los argumentos expuestos por el recurrente en el acápite “Expresa Agravios
- En mérito a lo anterior, la deficiencia del recurso, no permite abrir la competencia de
- En este entendido, la empresa recurrente RAYDEM Importaciones representada legalmente por Reyna Luz Castrillo Ledezma,
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.-
