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II. Cuando el trabajador opte por los beneficios sociales, el empleador está obligado a cancelar los mismos, además de los beneficios y otros derechos que le correspondan, en el tiempo y condiciones señaladas en el artículo noveno del presente Decreto Supremo
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Auto de Vista
- Notificada con dicha determinación, la CPS representada por Edwin Adolfo Falón Uyuni, formuló recurso de
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, se pasa a resolver el recurso, con
- II
- III
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
