Auto Supremo AS/0254/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0254/2019

Fecha: 16-May-2019

III

III. En caso de que el trabajador opte por su reincorporación podrá recurrir a este efecto ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, donde una vez constatado el despido injustificado, se conminará al empleador a la reincorporación inmediata al mismo puesto que ocupaba la trabajadora o trabajador al momento del despido, más el pago de los salarios devengados y demás derechos sociales que correspondan a la fecha de la reincorporación, a través de las Jefaturas Departamentales y Regionales de Trabajo”, y, conforme a esta normativa, se dispondrá la reincorporación cuando se evidencia que la desvinculación laboral, fue por una dedición arbitraria del empleador, un despido injustificado; debiendo cancelarse los sueldos devengados que corresponda a la fecha en la que se efectivice la reincorporación