Con relación al segundo motivo, el recurrente hace referencia a la aplicación del principio in
Con relación al segundo motivo, el recurrente hace referencia a la aplicación del principio in dubio pro reo para afirmar que el Tribunal de Sentencia estuvo conformado por dos Jueces, los cuales generaron disidencia siendo que el uno resolvió por la absolución y el otro por la condena, aplicándose la favorabilidad; al respecto, invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 145/2013-RRC de 28 de mayo del cual señala que es referido al principio de presunción de inocencia; asimismo, señala que la prueba no fue suficiente para demostrar de una manera indubitable la comisión de la conducta atribuida debido a que la parte acusadora no cumplió con la carga de la prueba que demuestre su responsabilidad. Este aspecto le hubiera generado la vulneración de su derecho a la igualdad, seguridad jurídica, presunción de inocencia, defensa, debido proceso y a no ser juzgado dos veces por el mismo hecho
- Por memorial presentado el 11 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Por diligencia de 4 de febrero de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extraen los siguientes agravios
- Con base a lo manifestado, señala que el Auto de Vista al momento de resolver
- También hace referencia a la aplicación del principio in dubio pro reo debiendo tenerse en
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos se advierte que el recurrente fue notificado con el Auto
- Respecto del primer motivo, el recurrente afirma que el Auto de Vista se basó únicamente
- Con relación al invocado Auto Supremo 504/2007 de 11 de octubre, se tiene presente que
- Con relación al segundo motivo, el recurrente hace referencia a la aplicación del principio in
- Con relación al precedente invocado, incurre en la falencia de sólo transcribir parcialmente su contenido,
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
