Por memorial presentado el 5 de febrero de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 320/2019-RA
Sucre, 08 de mayo de 2019
Expediente: La Paz 27/2019
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : Max Román Pérez Cazas y otro
Delito: Hurto
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de febrero de 2019, cursante de fs. 685 a 687 vta., Max Román Pérez Casas, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 36/2018 de 2 de mayo de fs. 653 a 660 vta. y su complementario de 12 de octubre de 2018, pronunciados por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Elena Casas Chacón, contra Ciro Rodolfo Pérez Casas y el recurrente, por la presunta comisión del delito de Hurto, previsto y sancionado por el art. 326 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO N° 320/2019-RA
Sucre, 08 de mayo de 2019
Expediente: La Paz 27/2019
Parte acusadora : Ministerio Público y otra
Parte imputada : Max Román Pérez Cazas y otro
Delito: Hurto
RESULTANDO
Por memorial presentado el 5 de febrero de 2019, cursante de fs. 685 a 687 vta., Max Román Pérez Casas, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 36/2018 de 2 de mayo de fs. 653 a 660 vta. y su complementario de 12 de octubre de 2018, pronunciados por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Elena Casas Chacón, contra Ciro Rodolfo Pérez Casas y el recurrente, por la presunta comisión del delito de Hurto, previsto y sancionado por el art. 326 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 5 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- b) Contra la mencionada Sentencia, el imputado Max Román Pérez Casas, formuló recurso de apelación
- c) Emitida la Resolución de 12 de octubre de 2018 (fs
- Del memorial de recurso de casación, se identifican los siguientes motivos
- 2) Refiere que en el memorial de apelación restringida, solicitó el señalamiento de audiencia de
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se establece que el 29 de enero de 2019, el
- En ese sentido, se verifica que el recurrente en el primer motivo de casación cuestiona
- Con relación al segundo motivo de casación, se advierte que el recurrente dirige su reclamo
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
