Por memorial presentado el 15 de febrero de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 384/2019-RA
Sucre, 23 de mayo de 2019
Expediente: Santa Cruz 34/2019
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Ernesto Molina Claros
Delitos: Asesinato y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de febrero de 2019, cursante de fs. 302 a 303, Ernesto Molina Claros, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 4 de 23 de enero de 2019, de fs. 293 a 298, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Soledad Solano Sánchez contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Asesinato, Tentativa de Asesinato y Robo Agravado, previstos y sancionados por los arts. 252, 252 con relación al 8 y 332 del Código Penal (CP), respectivamente
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 384/2019-RA
Sucre, 23 de mayo de 2019
Expediente: Santa Cruz 34/2019
Parte acusadora: Ministerio Público y otra
Parte imputada: Ernesto Molina Claros
Delitos: Asesinato y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 15 de febrero de 2019, cursante de fs. 302 a 303, Ernesto Molina Claros, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 4 de 23 de enero de 2019, de fs. 293 a 298, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Soledad Solano Sánchez contra el recurrente, por la presunta comisión de los delitos de Asesinato, Tentativa de Asesinato y Robo Agravado, previstos y sancionados por los arts. 252, 252 con relación al 8 y 332 del Código Penal (CP), respectivamente
- Por memorial presentado el 15 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- En este contexto, el art
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
