POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
En consecuencia, se infiere que el recurso de casación resulta admisible, correspondiendo su análisis y resolución conforme a derecho.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISION del recurso de casación cursante de fs. 458 a 465 vta., interpuesto por Mario Oswaldo Justiniano Roca, Marcelo Justiniano Roca y Aida Roca Vda. de Justiniano representados legalmente por Mónica Analía Ortiz Núñez contra el Auto de Vista N° 07/2019 de 14 de febrero, cursante de fs. 451 a 455, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Domestica Publica Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISION del recurso de casación cursante de fs. 458 a 465 vta., interpuesto por Mario Oswaldo Justiniano Roca, Marcelo Justiniano Roca y Aida Roca Vda. de Justiniano representados legalmente por Mónica Analía Ortiz Núñez contra el Auto de Vista N° 07/2019 de 14 de febrero, cursante de fs. 451 a 455, pronunciado por la Sala Civil, Comercial, Familiar, Niñez y Adolescencia, Violencia Intrafamiliar, Domestica Publica Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz
- Justiniano Roca, Marcelo
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 1.De la resolución impugnada
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3.De la Legitimación procesal
- b)La violación, interpretación errónea o aplicación indebida de la ley, referente a los arts
- De esta manera, solicita la emisión de un auto supremo que anules obrados o case
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
