VISTOS: El recurso de casación de fs
Distrito: Potosí.
VISTOS: El recurso de casación de fs. 776 a 779, presentado por Cristian Arcil Arismendy Ramírez, impugnando el Auto de Vista Nº 41/2019 de 11 de marzo, cursante de fs. 767 a 770, pronunciado por la Sala de Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro el proceso de división y partición de bienes gananciales, seguido por Sdenka Wendy Chumacero Rentería el recurrente; la contestación al recurso de fs. 782 a 783 vta.; el Auto de Concesión de fs. 785; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Sdenka Wendy Chumacero Rentería demandó a Cristian Arcil Arismendy Ramírez mediante memorial de fs. 99 a 100 vta., división y partición de bienes gananciales, contestando el demandado por escrito de fs. 117 a 118 vta.
Tramitado así el proceso ordinario se emitió la Sentencia Nº 51/2017 de 31 de marzo, pronunciado por el Juez Público Tercero de Familia de Potosí, cursante de fs. 476 a 479 vta., misma que fue anulada por Auto de Vista Nº 03/2018 de fs. 523 a 527, de forma posterior emitida la Sentencia Nº 110/2018 de fs. 731 a 734 vta., que declaró PROBADA la demanda, disponiendo como bien ganancial el bien inmueble registrado en Derechos Reales, bajo la matricula Nº 5.01.1.01.0010694, ubicado en calle La Paz Nº 575, interior de zona San Roque, con una superficie de 70,08 m2, adquirido mediante documento de transferencia, debidamente reconocido ante Notario de Fé Pública de Primera Clase Nº 11, el 12 de diciembre de 2013
VISTOS: El recurso de casación de fs. 776 a 779, presentado por Cristian Arcil Arismendy Ramírez, impugnando el Auto de Vista Nº 41/2019 de 11 de marzo, cursante de fs. 767 a 770, pronunciado por la Sala de Familiar, Niñez y Adolescencia del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, dentro el proceso de división y partición de bienes gananciales, seguido por Sdenka Wendy Chumacero Rentería el recurrente; la contestación al recurso de fs. 782 a 783 vta.; el Auto de Concesión de fs. 785; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1. Sdenka Wendy Chumacero Rentería demandó a Cristian Arcil Arismendy Ramírez mediante memorial de fs. 99 a 100 vta., división y partición de bienes gananciales, contestando el demandado por escrito de fs. 117 a 118 vta.
Tramitado así el proceso ordinario se emitió la Sentencia Nº 51/2017 de 31 de marzo, pronunciado por el Juez Público Tercero de Familia de Potosí, cursante de fs. 476 a 479 vta., misma que fue anulada por Auto de Vista Nº 03/2018 de fs. 523 a 527, de forma posterior emitida la Sentencia Nº 110/2018 de fs. 731 a 734 vta., que declaró PROBADA la demanda, disponiendo como bien ganancial el bien inmueble registrado en Derechos Reales, bajo la matricula Nº 5.01.1.01.0010694, ubicado en calle La Paz Nº 575, interior de zona San Roque, con una superficie de 70,08 m2, adquirido mediante documento de transferencia, debidamente reconocido ante Notario de Fé Pública de Primera Clase Nº 11, el 12 de diciembre de 2013
- Partes: Sdenka Wendy Chumacero Rentería c/Cristian Arcil Arismendy Ramírez
- Proceso: División y partición de bienes
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Dispuso como pasivos o deudas adquiridas dentro la comunidad de gananciales: la deuda a la
- Asimismo, las dos deudas del Banco Unión, que se encuentran a nombre de Sdenka Wendy
- Deudas que deberán ser cubiertas al 50% por cada uno de los ex esposos
- Por otro lado se declaró Improbada la demanda en la parte que refiere a la
- Dispuso se asigne un perito propuesto a instancia de partes para la división equitativa del
- Resolución de primera instancia que generó la apelación de Cristian Arcil Arismendy Ramírez, mediante escrito
- En el marco de lo preceptuado en el art
- II.1.- De la resolución impugnada, análisis de impugnabilidad
- En autos, se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de
- II.2.- Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3.- De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, Cristian Arcil Arismendy Ramirez, cuenta con legitimación procesal en razón
- II.4.- Del contenido del recurso de casación
- El recurrente hizo referencia a que su recurso es planteado en el fondo, de donde
- 2
- Petitorio
- Solicitó CASAR el Auto de Vista de fs. 767 a 770
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
