b)Que en el auto de vista no se dio cumplimiento a lo dispuesto por el
b)Que en el auto de vista no se dio cumplimiento a lo dispuesto por el art. 265.I del Código Procesal Civil por que no consideró ni resolvió de forma alguna lo argumentado como agravios por el demandado en su recurso de apelación de fs. 253 a 257 vta., constituyéndose presupuestos necesarios dado que tienen relación con los supuestos errores de procedimiento en la sustanciación de la causa aducidos como agravios por el demandado que conlleva la supuesta afectación del debido proceso y la existencia de vicios de nulidad en los actos impugnados
- Fernández Añez y
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 1.De la resolución impugnada
- Emitida la resolución recurrida (auto de vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3.De la Legitimación procesal
- b)Que en el auto de vista no se dio cumplimiento a lo dispuesto por el
- c)Que el Tribunal de alzada incurrió en aplicación indebida del art
- De esta manera, solicita la emisión de un auto supremo que case el auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
