Auto Supremo AS/0517/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0517/2019-RA

Fecha: 23-May-2019

a) Que el Auto de Vista no manifiesta en que norma o en qué ley

c) Que el Tribunal de alzada, partiendo de interpretaciones subjetivas y argumentos no interpuestos por el apelante, alejado de la verdad material incurre en una interpretación errónea del art. 365.I del Código Procesal Civil, pues si bien reconoce que por previsión de la ley, la representante de la menor debe ser su madre, sin embargo, la madre de la menor no apeló la resolución definitiva, quién lo hace es el abogado apoderado manifestando ser el representante legal de la menor.
4.2.- Por su parte el Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra
representado legalmente por su Alcalde Ing. Percy Fernández Añez, en lo trascendental de su medio impugnatorio acusó:
a) Que el Auto de Vista no manifiesta en que norma o en qué ley se basa para revocar el Auto Definitivo de 21 de mayo de 2018, en el que declara improbado el desistimiento de la pretensión y da por justificada la incomparecencia a audiencia preliminar de la demandante, así como tampoco justifica o explica porque para este caso no aplicaría el art. 365.I del Código Procesal Civil