El recurso de casación tiene como agravios, los siguientes
Se acredita la legitimación para presentar el recurso de casación de Luis La Madrid Rojas por ser quien apeló a la sentencia de grado, que fue confirmada por el Auto de Vista recurrido, conforme estima el art. 272 del Código Procesal Civil.
4. Del contenido del recurso de casación.
El recurso de casación tiene como agravios, los siguientes:
1. Acusó que el Auto de Vista contiene aplicación indebida del art. 142 del Código Procesal Civil, dado que el Ad quem señaló que debe vincularse al caso, la trascendencia o relevancia del objeto de la prueba, a lo que indica que acaso no es relevante que un testigo pueda atestar de hechos anteriores referidos a la lesión y dolo que se produjeron anterior a la suscripción del contrato; añadiendo que: cómo se puede establecer la inconducencia si ese testigo no prestó su declaración, por lo que para tener ese criterio debió recibirse la prueba y si era impertinente correspondía al juez apartarse de esa declaración; asimismo agregó que la verdad material no debe entenderse como una imposición de criterio de la facultad discrecional del juez sino como una amplia libertad probatoria conforme señala el art. 135 y ss. del Código Procesal Civil
4. Del contenido del recurso de casación.
El recurso de casación tiene como agravios, los siguientes:
1. Acusó que el Auto de Vista contiene aplicación indebida del art. 142 del Código Procesal Civil, dado que el Ad quem señaló que debe vincularse al caso, la trascendencia o relevancia del objeto de la prueba, a lo que indica que acaso no es relevante que un testigo pueda atestar de hechos anteriores referidos a la lesión y dolo que se produjeron anterior a la suscripción del contrato; añadiendo que: cómo se puede establecer la inconducencia si ese testigo no prestó su declaración, por lo que para tener ese criterio debió recibirse la prueba y si era impertinente correspondía al juez apartarse de esa declaración; asimismo agregó que la verdad material no debe entenderse como una imposición de criterio de la facultad discrecional del juez sino como una amplia libertad probatoria conforme señala el art. 135 y ss. del Código Procesal Civil
- Fecha: 28 de mayo de 2019
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- El recurso de casación tiene como agravios, los siguientes
- 2
- Así planteados los agravios, se concluye que en la forma cumplieron con la fundamentación exigida
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
