POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el art. 42.I num. 1) de la Ley del Órgano Judicial, y en aplicación del art. 277.II del Código Procesal Civil, dispone la ADMISIÓN del recurso de casación de fs. 394 a 399, interpuesto por Luis La Madrid Rojas, impugnando el Auto de Vista N° SCCII-78/2019 de 23 de abril, emitido por la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, que cursa de fs. 387 a 389 vta
- Fecha: 28 de mayo de 2019
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- 3. De la legitimación procesal
- El recurso de casación tiene como agravios, los siguientes
- 2
- Así planteados los agravios, se concluye que en la forma cumplieron con la fundamentación exigida
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
