De lo examinado, se concluye la importancia que tiene la identificación del error en el
De lo examinado, se concluye la importancia que tiene la identificación del error en el recurso de casación y el consiguiente cumplimiento de los requisitos previstos por el art. 274.I.3) del CPC, relativos a expresar con claridad y precisión la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas por el Ad quem, y especificar en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error ya se trate de recurso de casación en el fondo, en el forma o en ambos; denotándose en consecuencia que el recurso de casación fue interpuesto con total desconocimiento de las causales y requisitos de procedencia previstos por ley; por consiguiente, al no haber el recurrente dado cumplimiento a la norma procesal referida, este Tribunal se encuentra compelido en declarar la improcedencia del recurso
- I CONSIDERACIONES LEGALES
- II ANALISIS DE ADMISIBILIDAD
- En ese sentido, a efectos didácticos de la presente resolución, es importante puntualizar que el
- Ingresando al caso concreto, con la aclaración que el examen de admisibilidad se realiza atendiendo
- Con ese antecedente, corresponde concretar que el ahora recurrente no vincula su denuncia a las
- De lo examinado, se concluye la importancia que tiene la identificación del error en el
- Por lo expuesto, corresponde a este Tribunal emitir Resolución en la forma prevista por el
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Se regula honorario profesional del abogado, en la suma de Bs1.000
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
