Auto Supremo AS/0297-1/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0297-1/2019

Fecha: 03-Jun-2019

Ingresando al caso concreto, con la aclaración que el examen de admisibilidad se realiza atendiendo

Ingresando al caso concreto, con la aclaración que el examen de admisibilidad se realiza atendiendo los mandatos del Estado Constitucional de Derecho, lo que quiere decir, interpretando el art. 274.I del Código Procesal Civil, desde y conforme a la Constitución, ya que una interpretación literal o gramatical de esta norma no estaría acorde al sistema constitucional imperante ni al bloque de constitucionalidad, que proclaman por sobre todo formalismos y ritualismos el acceso a la justicia; en consecuencia, realizando una lectura y análisis integral del recurso, veremos si de la misma se puede desentrañar el cumplimiento de los requisitos para posibilitar una resolución en el fondo que elimine el estado de indeterminación de las partes procesales, que contribuya a la pacificación social y a la seguridad jurídica; tenemos:
De la lectura del escrito de impugnación de fs. 126 a 127, interpuesto por la Empresa Importadora Paola, se concluye que el mismo fue planteado como casación de fondo, ya que su petitorio va orientado a la casación del Auto de Vista impugnado; sin embargo, los argumentos esgrimidos, cuestionan los fundamentos y la determinación asumida por el A quo. Recurso ciertamente desacertado, ya que, a manera de aclaración referir que, al asimilarse el recurso de casación a una demanda nueva de puro derecho, corresponde al impugnante impugnar los fundamentos y determinaciones asumidas por el Ad quem en el Auto de Vista, más no, los asumidos por el A quo en la Sentencia, los que ya han sido objeto del recurso de apelación