Contra el auto de vista, la demandada formula recurso de nulidad y casación, señalando en
II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Contra el auto de vista, la demandada formula recurso de nulidad y casación, señalando en síntesis lo siguiente:
Que, la demandante ingresó a trabajar el año 2007, percibiendo un salario básico de forma mensual e incluso algunos meses de forma anticipada.
A partir del tercer año 2009 en que corresponde el bono de antigüedad, la suma pagada a la demandante era superior a la evolución del salario básico, es decir al incremento salarial fijado por el gobierno los años 2007 y 2008, es así que, si bien no precisa el cuaderno de pago porcentualmente el bono de antigüedad, empero la suma total pagada si refleja la existencia real de ese pago y así consta la firma de la trabajadora mes tras mes recibiendo el pago de sus salarios de manera mensual y sus liquidaciones de forma anual y que al requerir de manera anticipada sus pagos mensuales, los mismos no se consignaban o totalizaban propiamente en una papeleta de pago, sino que las sumas eran totalizadas en el cuaderno cuyas firmas y eficacia no fue negada por la actora, resultando que los finiquitos que consignaban el pago de su bono de antigüedad mensualmente y sus finiquitos anuales incluía tal concepto
Contra el auto de vista, la demandada formula recurso de nulidad y casación, señalando en síntesis lo siguiente:
Que, la demandante ingresó a trabajar el año 2007, percibiendo un salario básico de forma mensual e incluso algunos meses de forma anticipada.
A partir del tercer año 2009 en que corresponde el bono de antigüedad, la suma pagada a la demandante era superior a la evolución del salario básico, es decir al incremento salarial fijado por el gobierno los años 2007 y 2008, es así que, si bien no precisa el cuaderno de pago porcentualmente el bono de antigüedad, empero la suma total pagada si refleja la existencia real de ese pago y así consta la firma de la trabajadora mes tras mes recibiendo el pago de sus salarios de manera mensual y sus liquidaciones de forma anual y que al requerir de manera anticipada sus pagos mensuales, los mismos no se consignaban o totalizaban propiamente en una papeleta de pago, sino que las sumas eran totalizadas en el cuaderno cuyas firmas y eficacia no fue negada por la actora, resultando que los finiquitos que consignaban el pago de su bono de antigüedad mensualmente y sus finiquitos anuales incluía tal concepto
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- Auto de Vista
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- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
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