Por memorial presentado el 19 de febrero de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 442/2019-RA
Sucre, 16 de junio de 2019
Expediente: La Paz 44/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Gabriel Mamani Apaza
Delito: Abuso Sexual
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de febrero de 2019, cursante de fs. 1148 a 1149 vta., Gabriel Mamani Apaza interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 03/2019 de 9 de enero, de fs. 1133 a 1135, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 442/2019-RA
Sucre, 16 de junio de 2019
Expediente: La Paz 44/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público
Parte Imputada: Gabriel Mamani Apaza
Delito: Abuso Sexual
RESULTANDO
Por memorial presentado el 19 de febrero de 2019, cursante de fs. 1148 a 1149 vta., Gabriel Mamani Apaza interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 03/2019 de 9 de enero, de fs. 1133 a 1135, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 19 de febrero de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la referida Sentencia, el recurrente interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 13 de febrero de 2019 (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extrae que la parte recurrente denuncia que
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso presente se advierte que el recurrente fue notificado con la Resolución impugnada
- Al respecto, efectuada la revisión de antecedentes, se evidencia que el Tribunal de alzada declaró
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
