Los argumentos en torno a la existencia de dos momentos en la comisión del hecho,
Los argumentos en torno a la existencia de dos momentos en la comisión del hecho, y que en los mismos se involucre a otras supuestas víctimas nunca fueron demostrados en juicio oral. Explica que en los hechos únicamente existió una mayor inversión por parte del querellante en la actividad minera, y que la presencia de ganancias motivó que éste contactara a terceras personas, aseverando que por ello “no habría motivo valedero para dejar también se ‘estafe’ a su hermana y otros” (sic). Agrega que, la concurrencia de varias víctimas como elemento agravante de la pena, sostenido por el Tribunal de apelación, nunca fue demostrado en juicio oral, siendo convincente con el hecho de que el delito acusado e incluso el invocado por el acusador particular, no fue el tipo agravado de Estafa, y el hecho de “plasmar dicha afirmación en el Auto de Vista impugnado hará sustentar una conducta que agrava [su] conducta…resulta arbitrario e ilegal, ya que no se puede fundar una resolución en la aseveración y/o pretensión de una sola parte, sino del resultado del juicio como tal” (sic)
- Por memorial presentado el 15 de marzo de 2019, de fs
- Por Sentencia 35/2018 de 17 de septiembre (fs
- El 8 de marzo de 2019, como informa diligencia sentada a fs
- Previo relato de antecedentes procesales, el recurrente considera que la decisión que agravó la condena
- Expresa que las consideraciones vertidas por el Tribunal de apelación en torno a la aplicación
- Los argumentos en torno a la existencia de dos momentos en la comisión del hecho,
- Refuta también que las valoraciones dadas sobre las declaratorias de rebeldía fueron tomadas en cuenta
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto al requisito temporáneo, se tiene que el recurrente fue notificado con el Auto
- A más de refutar aspectos de hecho sobre las cuestiones que motivaron al Tribunal de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
