A tal efecto, indicó que la contradicción acusada radica en dos agravios incurridos por el
A tal efecto, indicó que la contradicción acusada radica en dos agravios incurridos por el Tribunal observado: a) la fundamentación insuficiente en cuanto a la otorgación de razones a la denuncia de errónea aplicación de la ley sustantiva; y, b) la revaloración probatoria incurrida, pese al veto impuesto a los Tribunales de alzada
- Por memorial presentado el 28 de marzo de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Vidal Villarrubia Ávila interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 26 de marzo de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 431 de 11 de octubre de 2006, 444
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto a los argumentos del recurso, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada
- A tal efecto, indicó que la contradicción acusada radica en dos agravios incurridos por el
- Sin embargo, es menester dejar constancia que para el análisis de fondo del recurso analizado,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
