Por memorial presentado el 28 de marzo de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 479/2019-RA
Sucre, 25 de junio de 2019
Expediente: Tarija 48/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Vidal Villarrubia Ávila
Delito: Abuso Sexual
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de marzo de 2019, cursante de fs. 479 a 483 vta., Vidal Villarrubia Ávila, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 09/2019 de 19 de marzo, de fs. 470 a 474 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Virgilio Aguilar Cuevas y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 479/2019-RA
Sucre, 25 de junio de 2019
Expediente: Tarija 48/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y otros
Parte Imputada: Vidal Villarrubia Ávila
Delito: Abuso Sexual
RESULTANDO
Por memorial presentado el 28 de marzo de 2019, cursante de fs. 479 a 483 vta., Vidal Villarrubia Ávila, interpone recurso de casación impugnando el Auto de Vista 09/2019 de 19 de marzo, de fs. 470 a 474 vta., pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público, Virgilio Aguilar Cuevas y la Defensoría de la Niñez y Adolescencia contra el recurrente, por la presunta comisión del delito de Abuso Sexual, previsto y sancionado por el art. 312 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 28 de marzo de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Vidal Villarrubia Ávila interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 26 de marzo de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 431 de 11 de octubre de 2006, 444
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto a los argumentos del recurso, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada
- A tal efecto, indicó que la contradicción acusada radica en dos agravios incurridos por el
- Sin embargo, es menester dejar constancia que para el análisis de fondo del recurso analizado,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
