Sin embargo, es menester dejar constancia que para el análisis de fondo del recurso analizado,
En consecuencia, de los antecedentes anotados y haberse precisado las contradicciones supuestas, aunque de manera escueta, es previsible el cumplimiento cabal del art. 417 del CPP, por lo que el recurso deviene en admisible.
Sin embargo, es menester dejar constancia que para el análisis de fondo del recurso analizado, no se tomarán en cuenta para la labor de contraste los Autos Supremos 494 de 2 de noviembre de 2003 y 312/2012 de 23 de marzo, puesto que se advierte que su invocación fue simplemente para enfatizar la admisión excepcional de agravios ante defectos absolutos; asimismo, los Autos Supremos 89/2012, 5 de 26 de enero de 2007, 679 de 17 de diciembre de 2010 y 5 de 26 de enero de 2007, al advertir que el recurrente se limitó a citar los precedentes señalados sin cumplir con la carga procesal de establecer fundadamente cuál la contradicción de ellos con el Auto de Vista impugnado
- Por memorial presentado el 28 de marzo de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Vidal Villarrubia Ávila interpuso recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 26 de marzo de 2019 (fs
- Del memorial del recurso de casación, se extrae el siguiente motivo
- Invoca como precedentes contradictorios los Autos Supremos 431 de 11 de octubre de 2006, 444
- El art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En cuanto a los argumentos del recurso, el recurrente denuncia que el Tribunal de alzada
- A tal efecto, indicó que la contradicción acusada radica en dos agravios incurridos por el
- Sin embargo, es menester dejar constancia que para el análisis de fondo del recurso analizado,
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
