De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:
Por Sentencia 35/2014 de 7 de noviembre (fs. 39 vta. a 45), el Juzgado de Sentencia Segundo del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, declaró a Cristina Leonida Ayarde Vargas, autora de la comisión de los delitos previstos por los arts. 345 y 346 del CP, en concurso ideal, imponiendo la pena de dos años y dos meses de reclusión, con costas y el pago de responsabilidad civil
- Por memorial presentado el 3 de abril de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la acusada Cristina Leonida Ayarde Vargas (fs
- La recurrente aludiendo a los arts
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- La recurrente aduce en casación que el Tribunal de alzada, incurrió en revalorización de la
- Se deja sentado, con relación a los Autos Supremos 562 de 1 de octubre de
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
