Por diligencia de 27 de marzo de 2019 (fs
Por diligencia de 27 de marzo de 2019 (fs. 117), fue notificado el recurrente con el Auto de Vista impugnado y el 2 de abril del mismo año, interpuso el recurso de casación que es objeto del presente análisis de admisibilidad
- Por memorial presentado el 2 de abril de 2019, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado Eliodoro Pita Ojeda formuló recurso de apelación restringida (fs
- Por diligencia de 27 de marzo de 2019 (fs
- El recurrente aludiendo a los antecedentes del proceso penal, el desarrollo del juicio oral y
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, también asumido en el Auto Supremo Nº 118/2015-RRC de 24 de febrero, no
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- El recurrente denuncia que el Auto de Vista es injusto e ilegal, al no haber
- A su vez, de la argumentación del recurso de casación interpuesto, el recurrente al soslayar
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
