Del recurso de casación opuesto por el imputado, se extraen los siguientes motivos
Del recurso de casación opuesto por el imputado, se extraen los siguientes motivos:
Denuncia la vulneración del art. 124 del CPP por parte del Tribunal de alzada, a tiempo de resolver dos problemáticas: a) el primer agravio de su apelación restringida, por cuanto no asumió el control de legalidad de la Sentencia, limitándose a señalar en la Resolución recurrida, consideraciones doctrinales sin identificar cuáles los elementos constitutivos del ilícito acusado identificados por el Tribunal de origen.; y, b) la denuncia de valoración defectuosa de la prueba, toda vez que el Tribunal de alzada no ejerció su labor de control en la valoración de la prueba desarrollada, ciñéndose a la exposición de fundamentos genéricos sin verificar el cumplimiento de las reglas de la sana crítica, en la labor cuestionada; a tal efecto, cita como precedente contradictorio a la primera problemática, el Auto Supremo 178/2013 de 27 de junio; además, del Auto Supremo 024/2014 de 18 de febrero en cuanto a la segunda.
Señala que el Tribunal de alzada, omitió pronunciamiento en cuanto al cuarto agravio traído en apelación restringida, referido al defecto absoluto por violación del principio de celeridad y continuidad; hecho que según arguye, resulta en vicio de incongruencia omisiva y vulnerador de sus derechos a la defensa, a recurrir, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva
- Por memoriales presentados el 27 de febrero y 6 de marzo de 2019, Hilda Flores
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
- Por diligencias de 20 y 27 de febrero de 2019 (fs
- De los recursos de casación interpuestos, se extraen los siguientes motivos
- Denuncia la recurrente que el Tribunal de alzada aplicó erróneamente las previsiones contenidas en los
- II.2. Del recurso de casación de Caleb Moisés Gomes Carvajal
- Del recurso de casación opuesto por el imputado, se extraen los siguientes motivos
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida,
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- En el caso de autos, se advierte que la recurrente Hilda Flores Poma, fue notificada
- IV.1. Del recurso de casación de Hilda Flores Poma
- La recurrente señala que la Resolución impugnada se limitó a la simple cita de doctrinas
- IV.2. Del recurso de casación de Caleb Moisés Gómez Carvajal
- De los argumentos esgrimidos en el primer motivo identificado, se observa que el recurrente cumple
- Consecuentemente, este máximo Tribunal considera que el motivo presente, se encuentra suficientemente expuesto y cumple
- Finalmente, del segundo agravio traído en casación, por el cual el recurrente denuncia incongruencia omisiva
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
