La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts
POR TANTO
La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts. 44 in fine y 315 del CPP, RESUELVE:
Declarar FUNDADA la Excepción de Extinción de la Acción Penal por Prescripción de los delitos de Difamación e Injuria, previstos y sancionados por los arts. 282 y 287 del CP, opuesta por la acusada Viviana Katherina Vega Flores, debiendo ordenarse el archivo de obrados
- Señala que, los delitos de Difamación e Injuria no prevén aplicación de penas privativas de
- Considera que en su caso deberá tenerse presente los criterios contenidos en las Sentencias Constitucionales
- Por decreto de 6 de febrero de 2019, esta Sala radicó la causa y por
- Del análisis de los antecedentes y fundamentos expuestos por la excepcionista, corresponde emitir la correspondiente
- En el caso de autos, se advierte que la acusada Viviana Katherina Vega Flores formuló
- III.2. Régimen de la prescripción como motivo de extinción de la acción penal
- El Código de Procedimiento Penal, señala de forma expresa que de conformidad al art
- Sobre el cómputo de la prescripción se debe tomar en cuenta lo establecido en el
- Esta definición, aplicada al ámbito penal, significa la expresa renuncia por parte del Estado del
- A lo dicho, debe agregarse lo que el Auto Supremo 554/2016 de 15 de julio,
- Razonamiento que tiene estricta relación con la previsión establecida en el art
- III
- En ese ámbito, los datos del proceso dan cuenta que presentada la querella, y sustanciada
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts
- En cumplimiento de la jurisprudencia constitucional desarrollada en la Sentencia Constitucional Plurinacional 1061/2015-S2 de 26 de octubre,
- Regístrese y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
