Por decreto de 6 de febrero de 2019, esta Sala radicó la causa y por
Concluye manifestando que los delitos acusados han prescrito y consiguientemente se ha extinguido la acción para promoverla o juzgarla, así como solicita a este Tribunal declare fundada la excepción de extinción de la acción penal por prescripción, y, en consecuencia “el archivo de obrados” (sic)
II. RESPUESTA A LA EXCEPCIÓN PLANTEADA
Por decreto de 6 de febrero de 2019, esta Sala radicó la causa y por providencia de 25 de marzo de 2019, dispuso el trámite de la señalada excepción; siendo que conforme reporta diligencia de fs. 189, el 24 de mayo de 2019, se notificó a la querellante, sin que hasta la fecha haya presentado pronunciamiento o respuesta
- Señala que, los delitos de Difamación e Injuria no prevén aplicación de penas privativas de
- Considera que en su caso deberá tenerse presente los criterios contenidos en las Sentencias Constitucionales
- Por decreto de 6 de febrero de 2019, esta Sala radicó la causa y por
- Del análisis de los antecedentes y fundamentos expuestos por la excepcionista, corresponde emitir la correspondiente
- En el caso de autos, se advierte que la acusada Viviana Katherina Vega Flores formuló
- III.2. Régimen de la prescripción como motivo de extinción de la acción penal
- El Código de Procedimiento Penal, señala de forma expresa que de conformidad al art
- Sobre el cómputo de la prescripción se debe tomar en cuenta lo establecido en el
- Esta definición, aplicada al ámbito penal, significa la expresa renuncia por parte del Estado del
- A lo dicho, debe agregarse lo que el Auto Supremo 554/2016 de 15 de julio,
- Razonamiento que tiene estricta relación con la previsión establecida en el art
- III
- En ese ámbito, los datos del proceso dan cuenta que presentada la querella, y sustanciada
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en los arts
- En cumplimiento de la jurisprudencia constitucional desarrollada en la Sentencia Constitucional Plurinacional 1061/2015-S2 de 26 de octubre,
- Regístrese y cúmplase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
