b)Señaló que el Tribunal de alzada al confirmar la sentencia interpretó erróneamente la ley, pues
b)Señaló que el Tribunal de alzada al confirmar la sentencia interpretó erróneamente la ley, pues el demandante nunca fue poseedor del bien inmueble, dado que para ser poseedor se debe cumplir con los requisitos que son el corpus y el animus sin embargo Max Nelson Ferrufino Romero ingresó al inmueble de manera arbitraria y con el fin de apropiarse del terreno, sin tener la calidad de poseedor
- Auto Supremo: 567/2019-RA
- Fecha: 6 de junio de 2019
- Expediente: SC-58-19-S
- Partes: Max Nelson Ferrufino Romero c/ Nieve Bernal Agudo
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° 133/2018 de 24 de agosto, cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fa
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente, al margen de identificar debidamente la
- a)Que el Tribunal de alzada realizó una interpretación errónea del art
- b)Señaló que el Tribunal de alzada al confirmar la sentencia interpretó erróneamente la ley, pues
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que case el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
