VISTOS EN SALA PLENA: La nota endosada como “MUY URGENTE” LETRA: REB Nº 201
VISTOS EN SALA PLENA: La nota endosada como “MUY URGENTE” LETRA: REB Nº 201 de 24 de mayo de 2019, emitida por la Embajada de la República de Argentina; la nota CLASIFICACIÓN: MUY URGENTE, GM-DGAJ-UAJI-Cs-1566/2019 de 29 de junio, mediante el cual, el Director General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores del Estado Plurinacional de Bolivia, Rubén Aldo Saavedra Soto, remitió a este Tribunal Supremo de Justicia, la solicitud vía diplomática formulada por la Embajada de Argentina en el marco del Tratado de Extradición entre Bolivia y Argentina suscrito el 22 de agosto de 2013, aprobado por Argentina mediante Ley 27.022 de 19 de noviembre de 2014 y por Bolivia mediante Ley 723 de 24 de agosto de 2015; el Exhorto Internacional de solicitud de detención provisoria y posterior extradición de 4 de junio de 2018, librado por el Juez Federal de Primera Instancia de Tartagal, Provincia de Salta - República de Argentina, de la ciudadana argentina - boliviana María Alejandra Jarsun Rioja, para su Detención Preventiva con Fines de Extradición
- AUTO SUPREMO: 94/2019
- FECHA: Sucre, 3 de julio de 2019
- EXPEDIENTE Nº: 16/2019
- PROCESO: Detención Preventiva con Fines de Extradición
- PARTES: A solicitud de la Embajada de la República Argentina de la ciudadana Jarsun Rioja
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Edwin Aguayo Arando
- VISTOS EN SALA PLENA: La nota endosada como “MUY URGENTE” LETRA: REB Nº 201
- CONSIDERANDO II: Que, las relaciones internacionales en materia de extradición entre Bolivia y el país
- La solicitud de detención preventiva contendrá una descripción de la persona reclamada, el paradero de
- La persona detenida en virtud del referido pedido de detención preventiva será puesta en libertad
- La puesta en libertad de la persona, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo
- En el caso de autos, conforme a los antecedentes remitidos a éste Tribunal, se constató
- Consiguientemente, de la revisión de los antecedentes acompañados a la solicitud de Detención Preventiva con
- Asimismo, los hechos imputados a los requeridos se encuentran previstos en el art
- CONSIDERANDO III: Conforme a las normas legales precedentemente citadas, la petición de detención preventiva con
- Consiguientemente, se encuentra acreditada la existencia de una resolución judicial de detención y la naturaleza
- Para el efecto, ofíciese al Presidente del Tribunal Departamental de Justicia de Tarija, para que
- Una vez ejecutado el mandamiento, las autoridades comisionadas del lugar donde sea aprehendida la extraditable,
- Asimismo, a los efectos del debido proceso de ley, el juez comisionado deberá velar porque
- Finalmente, a los fines de establecer la existencia de antecedentes a los que se refiere
- Comuníquese la presente resolución al Ministerio de Relaciones Exteriores para que, por su intermedio y
- No interviene la señora Decana María Cristina Díaz Sosa, ni el Magistrado Olvis Egüez Oliva
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
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