POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Tribunal Supremo de Justicia,
POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Tribunal Supremo de Justicia, en aplicación del art. 423 del CPP, ADMITE el Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada interpuesto por Ángel Gabriel Condori Villca, disponiéndose que el Tribunal de Sentencia Primero de Cochabamba, remita los antecedentes originales de la causa, sea en el plazo de cinco días. Al efecto, por Secretaría de Sala Plena, líbrese provisión compulsoria, cuya ejecución se encomienda a la Presidencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, debiendo el recurrente coadyuvar en dicha diligencia y proveer los recaudos necesarios
- AUTO SUPREMO: 105/2019
- FECHA: Sucre, 17 de julio de 2019
- EXPEDIENTE Nº: 15/2019
- PROCESO: Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada
- PARTES: Ángel Gabriel Condori Villca contra la Sentencia Nº 43/2009 de fecha 8 de noviembre
- MAGISTRADO TRAMITADOR: Olvis Egüez Oliva
- VISTOS EN SALA PLENA: El Recurso de Revisión de Sentencia Condenatoria Ejecutoriada presentado por Ángel
- CONSIDERANDO I: Que, mediante memorial de fs
- Arguye que, en el Segundo Considerando de la Sentencia, el Tribunal de juicio tomó como
- Por ello concluye que, correspondería la modificación de la pena impuesta a una mínima de
- CONSIDERANDO II: Que, de la revisión del memorial del recurso presentado y de la documental
- POR TANTO: La Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia del Tribunal Supremo de Justicia,
- Remitidos los antecedentes originales, cítese al Señor Fiscal General del Estado para que requiera lo
- Asimismo, por Secretaría de Sala Plena, líbrese provisión citatoria a efectos de notificar a Edith
- Regístrese, notifíquese y cúmplase
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