Las observaciones advertidas precedentemente, demuestran falta de técnica recursiva al momento de interponerse el recurso
Por otra parte, denunció que el abogado que patrocina a la parte actora, no tiene registro en el Ministerio de Justicia y Transparencia Institucional; sin embargo, omitió señalar: a) qué derechos fueron vulnerados; b) de qué forma fueron vulnerados esos derechos; y c) cómo debe sanearse.
Las observaciones advertidas precedentemente, demuestran falta de técnica recursiva al momento de interponerse el recurso de casación en el fondo; aspecto que, no puede ser suplido por este Tribunal e impiden su admisión, en razón a que no se ha cumplido los presupuestos exigidos por el art. 274 parágrafo I núm. 3 del CPC-2013, por parte del recurrente; es decir, expresar: “… con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error...” (Resaltado y subrayado añadidos)
Las observaciones advertidas precedentemente, demuestran falta de técnica recursiva al momento de interponerse el recurso de casación en el fondo; aspecto que, no puede ser suplido por este Tribunal e impiden su admisión, en razón a que no se ha cumplido los presupuestos exigidos por el art. 274 parágrafo I núm. 3 del CPC-2013, por parte del recurrente; es decir, expresar: “… con claridad y precisión, la Ley o leyes infringidas, violadas o aplicadas indebida o erróneamente interpretadas, especificando en qué consiste la infracción, la violación, falsedad o error...” (Resaltado y subrayado añadidos)
- El Código de Procedimiento Civil de 6 de agosto de 1975 (CPC-1975), elevado a rango
- Al presente, estando en plena vigencia el Código Procesal Civil (CPC), que estableció en su
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- El recurso de casación en el fondo de fs
- Consiguientemente, estando cumplidos los requisitos exigidos en el art
- Demandado
- De los requisitos para interponer el recurso de casación
- Por su parte, el art
- La exigencia descrita precedentemente obedece, a la tesis de que el recurso de casación es
- En el caso del error de hecho o error de derecho en la apreciación de
- Si bien el recurso de casación es presentado en el fondo; no obstante, la recurrente
- En cuyo contexto, estando cumplidos los requisitos exigidos en el art
- En el fondo, denunció: a) una incorrecta determinación del inicio y finalización de la relación
- Las observaciones advertidas precedentemente, demuestran falta de técnica recursiva al momento de interponerse el recurso
- Por lo expuesto, en cuanto al recurso de casación en el fondo promovido por la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
