El art
II. MOTIVOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
El memorial del recurso plantea que el Auto de Vista impugnado, incurre en falta de fundamentación de todos los agravios invocados acarreando la generación de un defecto absoluto, explica que la conducta reprochada se subsume al delito de estupro, empero no al de Violación, teniendo presente documentales que acreditasen la edad de la víctima. Precisa también que la respuesta del Tribunal de apelación en torno a una supuesta falta de fundamentación en la Sentencia a tiempo de valorar su declaración voluntaria, fue abordada de manera escueta incumpliendo los lineamientos del art. 124 del CPP. En lo demás, el recurrente vierte una serie de calificaciones genéricas a la fundamentación del Auto de Vista impugnado, reclamando al Tribunal de apelación no haber brindado una respuesta completa, y reproduciendo fracciones de los Autos Supremos 479/2005 de 8 de diciembre, 162/05, 214/2007 de 28 de octubre, 1498/1990 de 4 de junio y 418/2006 de 10 de octubre.
III. REQUISITOS QUE HACEN VIABLE LA ADMISIÓN DEL RECURSO DE CASACIÓN
El art. 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE), garantiza el principio de impugnación en los procesos judiciales, que se constituye a su vez en una garantía judicial conforme lo determinan los arts. 8.2 inc. h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y 14.5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; debiendo los sujetos procesales, a tiempo de interponer los distintos recursos que la norma adjetiva prevé, observar las condiciones de tiempo y forma establecidas por la ley conforme la disposición contenida en el art. 396 inc. 3) del CPP
- Por memorial presentado el 8 de marzo de 2019, fs
- De los antecedentes llegados a casación se extrae
- Contra aquel Fallo, el imputado promovió recurso de apelación restringida a través de memorial de
- El 26 de febrero de 2019 conforme a diligencias a fs
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- A los fines de verificar el cumplimiento de los requisitos de admisión del presente recurso,
- Respecto al plazo para la formulación del recurso de casación, el art
- En el caso del recurso interpuesto por Miguel Barrero, se constata que el recurrente fue
- De la relación antes expuesta, se tiene que el recurso fue presentado fuera de los
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
