De fondo
De fondo:
1. Denunciaron que el Auto de Vista, confunde las nulidades procesales con las nulidades sustantivas, puesto que la firma o el estampado de las huellas digitales resultan trascendentales a la hora de otorgar el consentimiento previsto en el art. 452 del Código Civil, puesto que en el caso en particular las iniciales estampadas como “MF”, habrían sido suplantadas, porque el supuesto vendedor no sabía leer ni escribir y debió añadir sus huellas digitales.
2. Demandaron errónea aplicación de la ley, cuando la resolución de segunda instancia consideró la impresión de las huellas digitales como una mera formalidad en contra de lo establecido en el art. 452.1) del Código Civil concordado con el art. 1299 del mismo cuerpo normativo
1. Denunciaron que el Auto de Vista, confunde las nulidades procesales con las nulidades sustantivas, puesto que la firma o el estampado de las huellas digitales resultan trascendentales a la hora de otorgar el consentimiento previsto en el art. 452 del Código Civil, puesto que en el caso en particular las iniciales estampadas como “MF”, habrían sido suplantadas, porque el supuesto vendedor no sabía leer ni escribir y debió añadir sus huellas digitales.
2. Demandaron errónea aplicación de la ley, cuando la resolución de segunda instancia consideró la impresión de las huellas digitales como una mera formalidad en contra de lo establecido en el art. 452.1) del Código Civil concordado con el art. 1299 del mismo cuerpo normativo
- Auto Supremo: 665/2019-RA
- Misericordia c/ Remigio Lizarazu Lamas, Leonarda Quispe de Lizarazu, Alejandra Tatiana Meneces Colque y Patricia
- Proceso: Nulidad
- VISTOS: El recurso de casación de fs
- Tramitado así el proceso ordinario hasta la emisión de la Sentencia Nº 61/2018 de 02
- CONSIDERANDO II
- II.1. De la resolución impugnada. Análisis de impugnabilidad
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- En el caso de Autos, Juan Flores Tarqui, Paulina Flores Tarqui e Isidora Flores Tarqui,
- II.4. Del contenido del recurso de casación
- De fondo
- 3
- 4
- Petitorio
- Solicitaron casar el Auto de Vista y declarar probadas las pretensiones contenidas en la demanda
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
