De esta manera, solicitó la emisión de un Auto Supremo que anule o case el
b) Que el Tribunal de alzada al emitir el Auto de Vista realizó una errónea interpretación del art. 134 del Código Procesal Civil al señalar que en el caso de autos “no existe recibo” y que por ello no puede someterse a una prueba pericial un documento inexistente.
c) Indicó que el Auto de Vista lesionó el debido proceso, el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva como consecuencia de una inadecuada interpretación del art. 1-13), 213.II, del Código Procesal Civil al confirmar una Sentencia que aplico de forma incorrecta la Ley.
d) Refirió que el Auto de Vista resulta ser una decisión arbitraria e incongruente pues se apartó de la solución normativa prevista para el presente caso adoleciendo de errores y desaciertos de gravedad que la tornan inhábil como acto judicial y frustran la garantía a la debida defensa, al permitir que un recibo inexistente sirva para probar una excepción de pago documentado
De esta manera, solicitó la emisión de un Auto Supremo que anule o case el Auto de Vista
c) Indicó que el Auto de Vista lesionó el debido proceso, el derecho a la defensa y a la tutela judicial efectiva como consecuencia de una inadecuada interpretación del art. 1-13), 213.II, del Código Procesal Civil al confirmar una Sentencia que aplico de forma incorrecta la Ley.
d) Refirió que el Auto de Vista resulta ser una decisión arbitraria e incongruente pues se apartó de la solución normativa prevista para el presente caso adoleciendo de errores y desaciertos de gravedad que la tornan inhábil como acto judicial y frustran la garantía a la debida defensa, al permitir que un recibo inexistente sirva para probar una excepción de pago documentado
De esta manera, solicitó la emisión de un Auto Supremo que anule o case el Auto de Vista
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista N° S
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la diligencia de notificación
- 3. De la Legitimación procesal
- De igual forma, se colige que la recurrente al margen de identificar debidamente la resolución
- a) Señaló que el Auto de Vista incurre en una aplicación indebida del art
- De esta manera, solicitó la emisión de un Auto Supremo que anule o case el
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
