Formula sus agravios en la forma
Formula sus agravios en la forma:
a) Acusa que el poder otorgado por la demandante es insuficiente para promover la demanda, y que de manera irregular esta subsanó más de cuatro veces la misma, cuando de conformidad a los arts. 110 y 113 del Código Procesal Civil, solo puede subsanarse por una sola vez, tampoco se dio cumplimiento a las notificaciones en secretaria del juzgado previsto en el art. 82 del Código Procesal Civil
a) Acusa que el poder otorgado por la demandante es insuficiente para promover la demanda, y que de manera irregular esta subsanó más de cuatro veces la misma, cuando de conformidad a los arts. 110 y 113 del Código Procesal Civil, solo puede subsanarse por una sola vez, tampoco se dio cumplimiento a las notificaciones en secretaria del juzgado previsto en el art. 82 del Código Procesal Civil
- Expediente: SC-83-19-S
- Distrito: Santa Cruz
- CONSIDERANDO I
- 2
- 3
- CONSIDERANDO II
- II.2. Del plazo de presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- II.4. Del Contenido del recurso de casación
- -De Alicia Panozo Guzmán (Fs. 768 a 772)
- Formula sus agravios en la forma
- Peticiona a este Tribunal anule obrados hasta el vicio mas antiguo
- -De Ana María Rivero Vda. de Jiménez (Fs. 774 a 780 vta.)
- En lo trascendental de dicho medio de impugnación
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal de esta sala, la causa aguarde turno para ulterior
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
