a)Que el Auto de Vista es incongruente pues no menciona los agravios presentados en el
4. Del contenido del recurso de casación
De la revisión del recurso de casación, se observa que Alexandre Hurtado Eguez en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a)Que el Auto de Vista es incongruente pues no menciona los agravios presentados en el recurso de apelación, como ser la legalidad de la no suspensión de la audiencia complementaria, siendo que la misma fue solicitada con anticipación y justificación conforme certificado médico adjunto
De la revisión del recurso de casación, se observa que Alexandre Hurtado Eguez en lo trascendental de dicho medio de impugnación acusa:
a)Que el Auto de Vista es incongruente pues no menciona los agravios presentados en el recurso de apelación, como ser la legalidad de la no suspensión de la audiencia complementaria, siendo que la misma fue solicitada con anticipación y justificación conforme certificado médico adjunto
- Auto Supremo: 714/2019-RA
- Expediente:SC-81-19-S
- VISTOS: El recurso de casación cursante de fs
- CONSIDERANDO II
- Del análisis del Auto de Vista de 5 de abril de 2019 cursante de fs
- Emitida la resolución recurrida (Auto de Vista), conforme se tiene de la notificación a fs
- 3. De la legitimación procesal
- De igual forma, se colige que el recurrente, al margen de identificar debidamente la
- a)Que el Auto de Vista es incongruente pues no menciona los agravios presentados en el
- b)Que el Tribunal de alzada no consideró que en la audiencia complementaria la demandada indicó
- c)Que el Tribunal de alzada al emitir el Auto de Vista y confirmar la sentencia
- De esta manera, solicita la emisión de un Auto Supremo que anule el Auto de
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- En atención a la carga procesal pendiente en esta Sala, la causa aguarde turno para
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.
