De los antecedentes del proceso, se evidencia que el Auto de Vista N° 31/2018 S
De los antecedentes del proceso, se evidencia que el Auto de Vista N° 31/2018 S.S.A – II de 20 de abril, revoca la Resolución N° 277/2016 de 24 de junio de 2016, disponiendo que la Comisión de Reclamación de SENASIR, dicte nueva resolución conforme a los fundamentos que establece dicha resolución, siendo que el ente gestor con el argumento de que el Certificado de Trabajo cursante en fs. 98 de obrados, carece de valor probatorio porque no fue impreso en hoja membretada, sin embargo, el art 150 del Código Procesal Civil señala que: “Los testimonios, copias, fotocopias legalizadas, y certificados tendrán el valor probatorio que el original cuando: Hubieren sido otorgados por notario u otro funcionario autorizado, siempre que el original se encontrare a su cargo”. Siendo evidente que el certificado antes mencionado cuenta con toda fuerza probatoria
- Magistrado Relator: Dr. Carlos Alberto Egüez Añez
- I.1.1. Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del SENASIR
- Ante esta circunstancia, el solicitante, interpuso el recurso de reclamación adjunto a fs
- En grado de apelación interpuesta por el asegurado de fs
- I.2. Motivos del recurso de casación
- Este fallo originó que Juan Edwin Mercado Claros, representante legal del Servicio Nacional de Sistema
- Señala que corresponde realizar las siguientes consideraciones: Que en primera instancia el Tribunal Departamental de
- Concluyó solicitando, que el Tribunal Supremo de Justicia, CASE el Auto de Vista N° 031/2018
- CONSIDERANDO II
- De los antecedentes del proceso, se evidencia que el Auto de Vista N° 31/2018 S
- A lo señalado, y conforme a la jurisprudencia sentada por este Tribunal, tanto en los
- De tal manera, conforme a la normativa precitada y a lo dispuesto en los artículos
- Por todo lo expuesto, se concluye que el auto de vista recurrido no transgrede ni
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
