Auto Supremo AS/0545/2019-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0545/2019-RA

Fecha: 02-Ago-2019

La parte recurrente de casación, invoca el Auto Supremo 431/2006 de 11 de octubre, que


IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS

En el caso de autos se advierte que la recurrente fue notificada con el Auto de Vista impugnado el 4 de abril de 2019, interponiendo su recurso de casación el 11 del mismo mes y año; por ello, el recurso ha sido interpuesto dentro el plazo de los cinco días hábiles que otorga la Ley, en cumplimiento del requisito temporal exigido por el art. 417 del CPP, por lo que corresponde verificar el cumplimiento de los demás requisitos de admisibilidad.

La recurrente como primer motivo, arguye que el Tribunal de alzada, así como el Tribunal de juicio, incurrieron en el mismo defecto e inobservancia y errónea aplicación de la Ley sustantiva, con relación a la autoría y subsunción de la conducta al tipo penal, resultando no ser precisa la demostración de la concurrencia de los elementos constitutivos del tipo penal previsto por el art. 335 del CP.

La parte recurrente de casación, invoca el Auto Supremo 431/2006 de 11 de octubre, que de su observancia y revisión de los argumentos expuestos, se evidencia el cumplimiento de los requisitos de procedencia del recurso previstos en los arts. 416 y 417 del CPP; al constatarse la invocación, la contradicción pretendida y su relación con el motivo casacional, referida a la labor de subsunción del hecho al delito y la conducta de la imputada, que considera no acreditada en Sentencia e indebidamente ratificada por Auto de Vista, siendo por ello admisible considerar en el fondo dicho precedente para su contrastación