Por memorial presentado el 8 de marzo de 2019, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 547/2019-RA
Sucre, 02 de agosto de 2019
Expediente: La Paz 54/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Gualberto Tiñini Calle
Delitos: Peculado y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de marzo de 2019, cursante de fs. 327 a 329, Edgar Guery Rosso López en representación del Rector de la Universidad Pública de El Alto (UPEA) interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 099/2018 de 10 de octubre, de fs. 306 a 311, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Gualberto Tiñini Calle, por la presunta comisión de los delitos de Peculado, Incumplimiento de Deberes y Enriquecimiento Ilícito, previstos y sancionados por los arts. 142 y 154 del Código Penal (CP) y 27 de la Ley de lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz” (Ley 004)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 547/2019-RA
Sucre, 02 de agosto de 2019
Expediente: La Paz 54/2019
Parte Acusadora: Ministerio Público y otro
Parte Imputada: Gualberto Tiñini Calle
Delitos: Peculado y otros
RESULTANDO
Por memorial presentado el 8 de marzo de 2019, cursante de fs. 327 a 329, Edgar Guery Rosso López en representación del Rector de la Universidad Pública de El Alto (UPEA) interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 099/2018 de 10 de octubre, de fs. 306 a 311, pronunciado por la Sala Penal Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y el recurrente contra Gualberto Tiñini Calle, por la presunta comisión de los delitos de Peculado, Incumplimiento de Deberes y Enriquecimiento Ilícito, previstos y sancionados por los arts. 142 y 154 del Código Penal (CP) y 27 de la Ley de lucha contra la Corrupción, Enriquecimiento Ilícito e Investigación de Fortunas “Marcelo Quiroga Santa Cruz” (Ley 004)
- Por memorial presentado el 8 de marzo de 2019, cursante de fs
- Por Sentencia 227/2016 de 8 de noviembre (fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida (fs
- De la revisión del recurso de casación, se extraen los siguientes motivos
- En este contexto, el art
- i)Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- ii)Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- iii)Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- El precepto legal contenido en el citado art
- En el caso de Autos se advierte que la parte recurrente fue notificada con el
- Finalmente, en relación al tercer motivo se tiene que el recurrente de manera imprecisa denunció
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
