Auto Supremo AS/0613/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0613/2019-RRC

Fecha: 20-Ago-2019

El debido proceso concebido en la Norma Fundamental, en sus tres dimensiones, principio, derecho y


III. FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA Y VERIFICACIÓN DE POSIBLE EXISTENCIA DE DEFECTOS ABSOLUTOS

Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecidos en el Auto Supremo 153/2019-RA de 26 de marzo,
en cuanto a la denuncia de defectos absolutos incurridos por el Tribunal de alzada, siendo propicio realizar previamente algunas consideraciones de orden legal y doctrinal, para posteriormente resolver las problemáticas planteadas

III.1. El deber de fundamentación en las resoluciones judiciales como elemento constitutivo del debido proceso.

El debido proceso concebido en la Norma Fundamental, en sus tres dimensiones, principio, derecho y garantía, entre los varios elementos que ostenta destinados a materializar el efectivo goce y disfrute de los derechos fundamentales y de las garantías jurisdiccionales, tiene al derecho a obtener una resolución debidamente fundamentada y motivada. En el Código de Procedimiento Penal, los arts. 124 y 398 reconocen y exigen que las autoridades jurisdiccionales emitan sus sentencias y autos interlocutorios fundamentados, con la expresión de los motivos de hecho y de derecho en que basan sus decisiones y el valor otorgado a los medios de prueba, no pudiendo reemplazar la fundamentación por la simple relación de los documentos o la mención de los requerimientos de las partes y debiendo sujetar sus resoluciones a los aspectos cuestionados de la resolución